En un contexto regulatorio cada vez más dinámico, mantenerse actualizado respecto de las últimas disposiciones de la Unidad de Información Financiera (UIF) resulta clave para garantizar un cumplimiento efectivo por parte de los sujetos obligados.
Durante el primer semestre de 2025, la UIF emitió resoluciones que actualizan valores, simplifican exigencias documentales y refuerzan el enfoque basado en riesgo. Estas medidas buscan facilitar la operatividad de los sujetos obligados sin dejar de lado los estándares necesarios para prevenir el lavado de activos y la financiación del terrorismo.
En esta nota, repasamos los puntos centrales de las Resoluciones UIF 78/2025 y UIF 95/2025, haciendo foco en cómo impactan en la actividad diaria de quienes deben reportar, identificar y monitorear operaciones ante el organismo. Estar al tanto de estas modificaciones no solo es una buena práctica: es una necesidad para mitigar riesgos y evitar sanciones.

1. Resolución UIF 78/2025: umbrales de control, eliminación de declaraciones juradas y refuerzo del enfoque basado en riesgo
La Resolución 78/2025 fue publicada el 5 de junio de 2025 en el Boletín Oficial de la República Argentina y puesta en vigencia a partir del día siguiente. El objetivo de la misma fue actualizar umbrales y procedimientos de identificación, reporte y análisis de operaciones sospechosas por parte de los sujetos obligados, reforzando el enfoque basado en riesgo y alineando la normativa al Decreto 353/2025.
En general, introduce un marco más flexible pero exigente desde el enfoque preventivo. Disminuye cargas (como las declaraciones juradas impositivas), incrementa los umbrales de reporte y pone el foco en el análisis documental real de la actividad del cliente.
Resolución UIF 78/2025: Principales puntos e impacto en sujetos obligados
Actualización de umbrales:
- En cuanto entidades financieras, se eleva el umbral para identificar y reportar operaciones en efectivo de 20 a 40 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM).
- El nuevo umbral aplica para todas las operaciones en efectivo —ya sean depósitos, extracciones, compras de moneda extranjera u otros movimientos significativos.
Sujetos obligados específicos:
- Registros de automotores: deben aplicar perfiles solo si el cliente realiza operaciones anuales mayores a $115 millones o individuales de más de $50 millones.
- Escribanos y operaciones inmobiliarias: el umbral para control de operaciones en efectivo se eleva de 700 a 750 SMVM.
Identificación reforzada:
- Los sujetos obligados deben identificar detalladamente a personas que realicen operaciones en efectivo por montos iguales o superiores a 40 SMVM, incluso si actúan en nombre de terceros.
- La identificación incluye datos completos del cliente y documentación respaldatoria del origen de fondos.
Reportes obligatorios (RTE y RTEOC):
- Se mantienen obligatorios para operaciones en efectivo a partir del nuevo umbral, y deben detallar información completa de titulares y/o terceros que intervienen.
Perfil del cliente:
- Se prohibe solicitar declaraciones juradas impositivas como requisito para armar o actualizar perfiles para los tipos de Sujetos Obligados: Registros de automotores, Escribanos y Entidades financieras y cambiarias.
2. Resolución UIF 95/2025: actualización del valor del módulo sancionatorio
La Resolución UIF 95/2025 fue publicada el 23 de junio de 2025 en el Boletín Oficial y entró en vigencia el mismo día. El objetivo fue actualizar el valor del módulo sancionatorio previsto en el artículo 24 de la Ley 25.246 de Responsabilidad Penal Empresaria, utilizado para calcular las multas por incumplimientos normativos.
Esta resolución no modifica obligaciones operativas, pero incrementa el costo económico del incumplimiento, lo que obliga a los sujetos obligados a reforzar sus políticas de compliance, capacitar equipos y revisar prácticas internas para evitar sanciones más severas.
Resolución UIF 95/2025: principales puntos e impacto en los sujetos obligados
Nuevo valor del módulo sancionatorio:
- El valor se actualiza de $40.000 a $54.140, según la variación de la tasa pasiva promedio del BCRA entre marzo 2024 y marzo 2025 (35,35 %).
Aplicación:
- El nuevo monto se utilizará para determinar las sanciones económicas que la UIF imponga a sujetos obligados que incumplan con sus deberes de prevención, identificación, reporte o conservación de documentación.

Algunas recomendaciones para sujetos obligados
A partir de las Resoluciones UIF 78/2025 y 95/2025, los sujetos obligados alcanzados deben adoptar una serie de medidas clave para adaptarse a las nuevas exigencias, mitigar riesgos y evitar sanciones más severas.
Ajustes operativos y de procedimientos
- Revisar y actualizar los umbrales internos de control: asegurarse de que las herramientas, formularios y sistemas informáticos consideren los nuevos valores (por ejemplo, 40 SMVM para operaciones en efectivo y 750 SMVM para operaciones inmobiliarias)
- Dejar de solicitar declaraciones juradas impositivas al momento de perfilar clientes, como indica la nueva normativa. En su lugar, recabar documentación económica y transaccional más relevante y justificada.
- Refinar los procesos de identificación reforzada: capacitar al personal para detectar y registrar adecuadamente operaciones que involucren a terceros, especialmente en transacciones en efectivo. Esto incluye mejorar la trazabilidad de la relación entre el operador y el titular del dinero.
Fortalecimiento de cumplimiento normativo
- Actualizar los manuales de prevención de LA/FT: incorporar los cambios normativos en los documentos internos y procedimientos de cumplimiento.
- Reentrenar a los Oficiales de Cumplimiento y equipos de atención al cliente: brindar capacitación específica sobre los nuevos criterios de perfil transaccional, umbrales de alerta.
- Controlar los sistemas de monitoreo y alertas internas: verificar que los sistemas estén configurados para detectar operaciones relevantes bajo los nuevos parámetros, y que las alertas se ajusten al nuevo enfoque normativo.
Preparación estratégica ante mayores sanciones
- Recalcular el impacto económico de potenciales sanciones: con el valor del módulo sancionatorio actualizado a $54.140, es clave que los sujetos obligados revisen su exposición al riesgo legal y económico.
- Simular escenarios de incumplimiento y su impacto: esto permite dimensionar el costo potencial de errores en los reportes o de omisiones en la debida diligencia.
- Fortalecer la cultura de cumplimiento en toda la organización: más allá del área de prevención de lavado de dinero, es fundamental que las áreas comerciales, administrativas y de atención al cliente entiendan las implicancias prácticas de las resoluciones.

